NORMAS  QUE HAN DE REGIR  LA CESIÓN DE LOS APARTAMENTOS SITUADOS EN EL PATIO DE LOS DAMAS DE  LA CASA HERMANDAD (PLAZA DE DOÑANA) EN LA ALDEA DEL ROCÍO PROPIEDAD DE LA REAL E ILUSTRE HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DEL ROCÍO DE HUELVA
1º.-INTRODUCCIÓN
La Casa de Hermandad  situada en la Plaza de Doñana de Aldea del Rocío está compuesta por 24 apartamentos de los cuales se adjudica mediante procedimiento de sorteo el siguiente:
    Apartamento interior número 13
Los apartamentos tienen una cabida máxima de 6 personas.
2º.-REGIMEN DE CESIÓN 
La Hermandad realiza la cesión en uso de los apartamentos en función de un donativo anual de los ocupantes de los apartamentos.
3º.-DURACIÓN
La Hermandad realiza la cesión del apartamento por un período de 3 años y 4 meses, con posibilidad de prórroga por 2 años más, a criterio de la Junta de Gobierno. Finalizado dicho período, los apartamentos quedarán desalojados y desocupados para la siguiente ocupación, pudiendo el titular y ocupantes de los mismos volver a presentarse a un nuevo sorteo.
4º.-REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES
Los apartamentos los podrán solicitar cualquier Hermano/a de Pleno Derecho de la Hermandad (2 años de antigüedad) siempre que cumpla rigurosamente con los derechos y obligaciones establecidos en los Estatutos y en el Reglamento de Régimen Interno de la Hermandad. No podrán presentarse aquellos hermanos que anteriormente se les haya anulado el contrato de cesión por incumplimientos de las normas y usos.
5º.- SOLICITUD 
Fecha: del 15 al 24 de Septiembre de 2020.
Horario de Secretaría: lunes a viernes de 10 h a 14 h.
El modelo de solicitud de los apartamentos podrá ser recogido y entregado en la Secretaria de la Casa de Hermandad en Huelva.
Cada solicitud irá encabezada por un titular, debiendo éste identificar a los ocupantes del apartamento, estableciéndose un máximo de 6 (inclusive el  titular), pero con la obligación de que todos tienen que ser hermanos/as de la Hermandad y estar al corriente de la cuota de hermano. En la solicitud deberá consignarse Nombre y Apellidos y el DNI de las personas que figuren en la misma.
En el momento de presentar la solicitud, el titular de la misma deberá entregar una fianza y un porcentaje del donativo. (Información en Secretaría). Dicha cantidad se devolverá en un plazo de 8 días hábiles a partir del día siguiente del sorteo a aquellos titulares que no hayan sido agraciados con un apartamento. No se devolverá la fianza en caso que el titular decidiera abandonar  en el acto del sorteo o en el periodo de tiempo que transcurra entre el sorteo y la firma del contrato de cesión.
Si de forma esporádica y puntual el apartamento fuera ocupado por otras personas que no constan en la solicitud, el titular tendrá que comunicarlo anticipadamente a la Hermandad.
Aquel hermano que renuncie a un apartamento sin finalizar el contrato acordado, no podrá participar en los sorteos que se realicen durante la vigencia del mismo y perderá la fianza entregada.
6.-REVISIÓN DE SOLICITUDES
Fecha:  25 de septiembre de 2020.
Una vez terminado el período de solicitudes, cada solicitud será revisada y estudiada por la Junta de Gobierno, quién determinará la idoneidad de la solicitud.
En caso de que se observe alguna incorrección en la misma, se avisará al solicitante personal o telefónicamente.
7.-REUNIÓN DE LOS SOLICITANTES PREVIA AL SORTEO
Fecha: 28 de septiembre de 2020.
Lugar: Sala de Juntas exclusivamente con  los/as titulares de las solicitudes o personas autorizadas.
Hora: dará comienzo a las 10’30 horas
8º.- SORTEO
Fecha: día 28 de septiembre de 2020.
Lugar: Sala de Juntas
Hora: dará comienzo a las 11’30 horas exclusivamente con  los/as titulares de las solicitudes que estén presentes en la sala o personas autorizadas.
Se realizará ante la Secretaria, Presidente, Tesorero, Mayordomo y Fiscal de la Hermandad.
Se celebrará un solo sorteo  para el  apartamento identificado con su respectivo número en la papeleta, completándose con papeletas en blanco de acuerdo con el número de participantes.
Previamente se realizará un sorteo de participación,  mediante el cual se establecerá el orden de los titulares inscritos en las solicitudes.
Establecido el orden del sorteo entre los titulares, se procederá a la extracción de las papeletas por los mismos según el orden obtenido en el sorteo previo.
En cualquier caso, se requerirá la identificación del titular a la hora de extraer la papeleta mediante la presentación del DNI; en el caso que el titular no pueda comparecer en el sorteo por una causa justificada, podrá ser sustituido por otro hermano/a componente de la misma solicitud mediante autorización escrita del titular.
9.-ADJUDICACIÓN Y ENTREGA DE LLAVES
Una vez realizado el sorteo, a partir del día 29 de Septiembre se realizará la firma del contrato de cesión. La entrega de llaves se realizará a partir del día 01 de octubre  y a partir de dicho día, los agraciados podrán ocupar el apartamento cedido de conformidad con las normas generales de uso que establece la hermandad para la mejor convivencia en la casa.
10.-FORMA DE PAGO DEL DONATIVO ANUAL
Toda la información respecto al donativo anual y su forma de pago debe ser solicitada en la secretaría de la Hermandad.
11º.-NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DE LOS APARTAMENTOS
1.- .El titular y los identificados en la solicitud serán los únicos que tengan derecho a ocuparlos, no pudiendo cederlo a  terceros.
2.- Los apartamentos están habilitados para el uso exclusivo de las personas que lo ocupan, no pudiendo éstas utilizarlos para almacenar o guardar utillajes.
3.- El titular y los ocupantes se comprometen a no efectuar, ni alterar de forma alguna el apartamento adjudicado. Sólo existe  autorización para que de forma provisional se coloquen muebles que faciliten la estancia durante los días de usos, tales como camas, frigoríficos, sillas mesas, etc.
4.- El titular y los ocupantes aceptan la responsabilidad de los daños que pudieran causar  por el uso de las instalaciones y/u otros usos no especificados y ajenos a la propia Hermandad, librando expresamente a la Hermandad de todo tipo de responsabilidad ante Organismos y/o particulares, comprometiéndose así mismo a  resarcir los daños que por las causas antes mencionadas, afectaran a la propia Hermandad.
5.- El titular y los ocupantes aceptan y deben cumplir las reglas fundamentales de convivencia  de cualquier tipo de vida en comunidad.
6.- La Junta de Gobierno se reserva el uso excepcional del patio de la casa para actos de la Hermandad, no pudiendo los ocupantes de los apartamentos usarlo durante la realización de dicho acto de Hermandad, previo aviso a los mismos.
7.- Los ocupantes de los apartamentos se obligan a mantener o reparar incluso desperfectos que se vayan produciendo durante la vigencia de la cesión, salvo aquellos problemas estructurales que serán por cuenta de la Hermandad.
8.-La Junta de Gobierno se reserva el derecho de resolver la cesión en el momento en que tenga constancia que el titular u ocupantes de las instalaciones incumplen con la normativa.
9.- La Hermandad no emitirá certificación alguna por las cantidades entregadas.