NORMAS PARA LAS ELECCIONES A JUNTA DE GOBIERNO DE LA REAL, ILUSTRE, VENERABLE Y ANTIGUA HERMANDAD DE NUESTRA SEÑORA DEL ROCÍO DE HUELVA PARA EL PERIODO 01/01/2025 A 31/12/2028

Por la presente se pone en conocimiento de los hermanos que integran esta Hermandad que, en cumplimiento de los artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28 de los Estatutos, teniendo en cuenta el artículo 37 de los mismos referente a los cargos directivos, y haciendo referencia a los artículos 30, 31, 32, 34.3, 45, 46, 47, 48 y 49 de las Normas Diocesanas Vigentes, se abre periodo electoral para la elección de Junta de Gobierno.

CENSO DE MIEMBROS ELECTORES

Del 12 de agosto hasta el 2 de septiembre estará a disposición de los hermanos, el censo de todos aquellos con derecho a voto, en la oficina de la Hermandad de lunes a viernes en horario de 10 a 14 horas, excepto festivos.

Durante este periodo los hermanos, en la secretaria de la Hermandad y en el horario antes dicho, podrán comprobar su inclusión en el censo o presentar las reclamaciones que estimen oportunas ante la Junta de Gobierno o podrán perentoriamente ponerse al corriente del pago de las cuotas quienes no lo estuvieran, para poder ejercer el derecho de sufragio activo.

Las reclamaciones serán presentadas por escrito dentro del plazo señalado.

Una vez vencido este plazo, la Junta de Gobierno dentro de los 5 días naturales siguientes, resolverá las reclamaciones presentadas.

Una vez resueltas las reclamaciones y hechas las correcciones a que hubiera lugar, el censo será elevado a la autoridad eclesiástica para la aprobación del número de hermanos con derecho a voto.

Todos los hermanos que en el momento de las elecciones no consten en dicho censo o en la legítima incorporaciones incorporadas al mismo, no podrá ejercer su  derecho a voto.

MIEMBROS ELEGIBLES

1.-Los hermanos electores deberán tener en cuenta respecto de los miembros elegibles que tengan una vida cristiana personal, familiar y social, así como su vocación apostólica, participando en la celebración de la Eucaristía Dominical, recibiendo el Sacramento de la Penitencia y siendo esposos y padres cristianos.  

(Cf. Obispos del Sur de España. Carta Pastoral a las Hermandades y Cofradías, 1988, n° 37).

Según dispone el art. 34.e de las Normas Diocesanas para Hermandades, a los miembros de una Junta de Gobierno cabe exigirles:

1.1 Distinguirse por la práctica de la vida. cristiana en el. ámbito personal, familiar y social, así como una probada vocación apostólica.

1.2. Capacidad y formación adecuadas para ejercer responsablemente cargos de gobierno en una asociación pública de la iglesia.

1.3 gran amor a la iglesia, sincero respeto a su Jerarquía y generosa disponibilidad al servicio de los hermanos.

1.4.dotes para la organización, para la dirección de grupos y para moderar las reuniones, la convivencia y el diálogo fraterno.

2.- Son miembros elegibles los hermanos que reúnan las condiciones del  apartado anterior, y además se requiere lo siguiente:

a). Haber completado la iniciación cristiana con la recepción de los sacramentos de la Eucaristía y de la Confirmación.

b). Estar domiciliado en la Diócesis y residir en un lugar que facilite el cumplimiento de las obligaciones del cargo.

c). Haber cumplido el tiempo mínimo de antigüedad en la condición de miembro de pleno derecho -5 años en el caso del Presidente y tres en el caso  de miembros de Junta-.

d). No estar excluido de la sagrada comunión por excomunión, por entredicho o por manifiesto pecado grave objetivo (cf. can.9 15e), el cual incluye el  supuesto de una convivencia irregular, por lo que deberá presentarse en su caso, juntamente con la candidatura, la certificación de matrimonio canónico y la declaración jurada de su situación conyugal regular.

e) Haber seguido durante un año al menos, dentro de los cinco anteriores, un programa de formación organizado por la Delegación Diocesana para Hermandades y Cofradías, u otro programa convalidado por esta Delegación.

INCOMPATIBILIDADES

No podrán ser miembros de la Junta de Gobierno de una hermandad quienes ocupen puestos directivos en algún partido político, o ejerzan cargos públicos de carácter político a nivel estatal, autonómico, provincial o local.

Quien haya ostentado durante dos mandatos consecutivos la presidencia y representación máxima de la Hermandad, no podrá presentarse a la reelección   para este mismo cargo, hasta pasados cuatro años, con la salvedad de lo previsto en el art. 46 de las Normas Diocesanas. Esta limitación para la reelección en la Junta de Gobierno no afectará al resto de los cargos que compongan la misma.

PRESENTACION DE CANDIDATOS

Del 12 de agosto al 12 de septiembre de 2024, ambos inclusive en horario de oficina.

Dentro de los 10 días naturales siguientes a la finalización del plazo para la presentación de candidatos, el Secretario, habiendo comprobado que los candidatos reúnen los requisitos canónicos de idoneidad, y con el visto bueno, sobre este punto, del Director Espiritual, elevará la lista a la Autoridad Eclesiástica para su aprobación definitiva.

DURACION DE LA CAMPAÑA ELECTORAL

Una vez aprobadas las candidaturas por la Autoridad Eclesiástica, la Hermandad las hará públicas. Los candidatos podrán presentar sus proyectos desde el 17 de octubre hasta el 17 de noviembre, de conformidad con lo establecido en el art.  24.3 de los Estatutos.

EXPOSICION DE PROYECTOS POR LOS CANDIDATOS

Dentro del espíritu fraternal propios de la Hermandad. Si algún candidato contraviniera este espíritu, será comunicado al Obispado de Huelva, quien podrá retirar para elección dicha candidatura.

ASAMBLEA GENERAL DE ELECCIONES

Se celebrará el día 18 de noviembre de 2024 (lunes), en la Casa Hermandad de Huelva, en horario desde las 10’00 a las 21’00 horas.

Todos aquellos hermanos que tengan cuotas pendientes, para poder ejercer el derecho al voto, deberán abonarlas durante el periodo de exposición del censo.

TOMA DE POSESION DE LA JUNTA DE GOBIERNO

Se llevará a efecto el día 21 de diciembre de 2024 (sábado), a las 20’00 horas, en la parroquia de San Sebastián.

TOMA DE POSESION EFECTIVA

Será efectiva desde el día 1 de enero de 2025.

Huelva, 17 de julio 2024

VºBº El Presidente en funciones
Fdo. Juan Córdoba Gómez       

La Secretaria
Fdo. María José Mira Caballos

VºBº El Director Espiritual
D. Cipriano del Toro Reinoso            

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