La Casa de Hermandad  situada en la Plaza de Doñana de Aldea del Rocío está compuesta por 24 apartamentos de los cuales se adjudican mediante procedimiento de sorteo el siguiente:

  • Apartamento interior nº 20

Los apartamentos tienen una cabida máxima de 6 personas.

El calendario a seguir será el siguiente:

REGIMEN DE CESIÓN 

La Hermandad realiza la cesión en uso de los apartamentos en función de un donativo anual de los ocupantes de los apartamentos.

DURACIÓN

La Hermandad realiza la cesión de los apartamentos por períodos de 3 años prorrogables por 2 años más, siempre y cuando se encuentren al corriente de los pagos y del cumplimiento de las normas. Finalizado dicho período, los apartamentos quedarán desalojados y desocupados para la siguiente ocupación, pudiendo el titular y ocupantes de los mismos volver a solicitar el uso y la ocupación de un apartamento.

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Los apartamentos los podrán solicitar cualquier Hermano/a de Pleno Derecho de la Hermandad siempre que cumpla rigurosamente con los derechos y obligaciones establecidos en los Estatutos y en el Reglamento de Régimen Interno de la Hermandad.

SOLICITUD 

Fecha: del 18 al 28 de Julio de 2017, ambos inclusive.

Horario de Secretaría: lunes a viernes de 10 h a 14 h.

El modelo de solicitud de los apartamentos (ANEXO I) podrá ser recogido y entregado en la Secretaria de la Casa de Hermandad en Huelva.

Cada solicitud irá encabezada por un titular, debiendo éste identificar a los ocupantes del apartamento, estableciéndose un máximo de 6 (inclusive el  titular), pero con la obligación de que todos tienen que ser hermanos/as de la Hermandad y estar al corriente de la cuota de hermano. En la solicitud deberá consignarse Nombre y Apellidos y el DNI de las personas que figuren en la misma.

En el momento de presentar la solicitud el titular de la solicitud deberá entregar una fianza de 300 € más 900 €  a cuenta del 50% del valor del apartamento del primer año, en efectivo. Dicha cantidad se devolverá en un plazo de 8 días hábiles a partir del día siguiente del sorteo a aquellos titulares que no hayan sido agraciados con un apartamento. No se devolverá la fianza en caso que el titular decidiera abandonar  en el acto del sorteo o en el periodo de tiempo que transcurra entre el sorteo y la firma del contrato de cesión.

Si de forma esporádica y puntual el apartamento fuera ocupado por otras personas que no constan en la solicitud, el titular tendrá que comunicarlo anticipadamente a la Hermandad.

Aquel hermano que haya renunciado a un apartamento sin finalizar el contrato acordado, no podrá participar en los sorteos que se realicen durante la vigencia del mismo.

REVISIÓN DE SOLICITUDES

Fecha: 31 de julio de 2017.

Una vez terminado el período de solicitudes, cada solicitud será revisada y estudiada por la Junta de Gobierno, quién determinará la idoneidad de la solicitud.

En caso de que se observe alguna incorrección en la misma, se avisará al solicitante personal o telefónicamente.

REUNIÓN DE LOS SOLICITANTES PREVIA AL SORTEO

Fecha: día 1 de agosto de 2017.

Lugar: Sala de Juntas exclusivamente con  los/as titulares de las solicitudes.

Hora: dará comienzo a las 10’30 horas

SORTEO

Fecha: día 1 de agosto de 2017.

Lugar: Sala de Juntas 

Hora: dará comienzo a las 11’00 horas exclusivamente con  los/as titulares de las solicitudes que estén presentes en la sala, no permitiéndose que un/una titular se incorpore posteriormente.

Se realizará ante la Secretaria, Presidente, Tesorero, Mayordomo y Fiscal de la Hermandad.

Se celebrará un solo sorteo  para el apartamento, identificado con su respectivo número en las papeleta, completándose con papeletas en blanco de acuerdo con el número de participantes.

Previamente se realizará un sorteo de participación,  mediante el cual se establecerá el orden de los titulares inscritos en las solicitudes.

Establecido el orden del sorteo entre los titulares, se procederá a la extracción de las papeletas por los mismos según el orden obtenido en el sorteo previo.

En cualquier caso, se requerirá la identificación del titular a la hora de extraer la papeleta mediante la presentación del DNI; en el caso que el titular no pueda comparecer en el sorteo por una causa justificada, podrá ser sustituido por otro hermano/a componente de la misma solicitud mediante autorización del titular.

Si los agraciados con los distintos apartamentos  no estuvieran de acuerdo con la adjudicación de los mismos,  podrán cambiarlo por otros de los adjudicados en el mismo acto del sorteo o al día siguiente en horas de oficina.

ADJUDICACIÓN Y ENTREGA DE LLAVES

Una vez realizado el sorteo, a partir del día 7 de agosto se realizará la firma del contrato de cesión. La entrega de llaves se realizará a partir del día 9 de agosto  y a partir de dicho día, los agraciados podrán ocupar el apartamento cedido de conformidad con las normas generales de uso que establece la hermandad para la mejor convivencia en la casa.

FORMA DE PAGO DEL DONATIVO ANUAL

Respecto al donativo anual de los ocupantes de los apartamentos, durante el primer año éstos deberán entregar  el 50% del mismo en el momento de la entrega de llaves, el 50% restante se entregará 20 días antes del 31 de diciembre de 2017.

Tanto el segundo año como el tercero se podrán pagar:

– El 50% desde enero hasta 20 días antes de la Romería del año en curso y el 50% restante desde el final de la Romería hasta el 31 de diciembre del año en curso

-Si el titular decidiera  abandonar el  apartamento antes de que finalice el tiempo de la cesión, perderá la fianza, y en caso de que hubiere entregado el donativo del período completo anual, no se le reintegrará la parte proporcional que corresponda por el tiempo no disfrutado, salvo causa justificada, siempre a criterio de la Junta de Gobierno.

NORMAS GENERALES DE FUNCIONAMIENTO DE LOS APARTAMENTOS

  1. El titular y los identificados en la solicitud serán los únicos que tengan derecho a ocuparlos, no pudiendo cederlo a  terceros.
  2. Los apartamentos están habilitados para el uso exclusivo de las personas que los ocupan, no pudiendo éstas utilizarlos para almacenar o guardar utillajes.
  3. El titular y los ocupantes se comprometen a no efectuar, ni alterar de forma alguna el apartamento adjudicado. Sólo existe  autorización para que de forma provisional se coloquen muebles que faciliten la estancia durante los días de usos, tales como camas, frigoríficos, sillas mesas, etc.
  4. El titular y los ocupantes aceptan la responsabilidad de los daños que pudieran causar  por el uso de las instalaciones y/u otros usos no especificados y ajenos a la propia Hermandad, librando expresamente a la Hermandad de todo tipo de responsabilidad ante Organismos y/o particulares, comprometiéndose así mismo a  resarcir los daños que por las causas antes mencionadas, afectaran a la propia Hermandad.
  5. El titular y los ocupantes aceptan y deben cumplir las reglas fundamentales de convivencia  de cualquier tipo de vida en comunidad (ANEXO II)
  6. La Junta de Gobierno se reserva el derecho de resolver la cesión en el momento en que tenga constancia que el titular u ocupantes de las instalaciones incumplen con la normativa.

 VºBº

El Presidente
Fdo. Antonio Sánchez de Piña Garzón   

La Secretaria
Fdo. Mª Olvido Márquez Garrido

Huelva 14  de julio de 2017

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