Para ejercer el derecho al voto el hermano tiene que estar incluido en el censo electoral, para lo cual debe tener:
- La mayoría de edad
- Ser hermano de pleno derecho (al menos dos años de hermano)
- Estar al corriente del pago de la cuota de Hermano del año 2021 y anteriores.
Todo aquel hermano que tenga alguna duda al respecto, antes de ejercer su derecho al voto, puede comprobar en secretaría su situación en relación al censo electoral
La Junta de Gobierno